Los operadores tendrán siete días para informar a la Anatel cómo funcionarán los mecanismos de identificación,filtrado y bloqueo de llamadas masivas en Brasil.

Foto: Bruno Peres/Agência BrasilLa Agencia Nacional de Telecomunicaciones (Anatel) estableció las reglas que deberán seguir los operadores de Brasil para identificar y mitigar llamadas masivas potencialmente abusivas,mediante mecanismos que podrán clasificar,etiquetar,filtrar,bloquear o dar un tratamiento diferenciado a este tipo de tráfico.
La medida está contenida en la Resolución Decisoria N.º 82/2026,publicada este lunes 17 de agosto,que permite a las empresas desarrollar sus propias soluciones,siempre que cumplan con criterios de transparencia,proporcionalidad,previsibilidad y no discriminación.
La semana pasada,la Agencia reconoció y recomendó a los demás operadores el modelo adoptado por Vivo (Telefónica). Ahora,la Superintendencia de Relaciones con los Consumidores establece las reglas bajo las cuales los operadores podrán implementar este tipo de soluciones.
El mecanismo deberá ser transparente,proporcional,previsible y no discriminatorio,además de preservar las llamadas legítimas. Por ello,algunos tipos de llamadas quedan expresamente excluidos de estas medidas; entre ellas,las realizadas por organismos públicos,servicios de emergencia y servicios de salud,así como las correspondientes a canales de denuncia y las utilizadas para la comunicación con dispositivos de Internet de las Cosas (IoT).
Además del volumen de llamadas,la Anatel permite que las empresas de telecomunicaciones consideren factores como la proporción de llamadas muy cortas,la duración promedio,la baja tasa de completamiento y la naturaleza de la actividad económica del originador,de acuerdo con la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).
Esto abre espacio para un análisis más sofisticado de los patrones de tráfico,en lugar de basar la identificación únicamente en la cantidad de llamadas realizadas.
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Si un operador adopta el mecanismo,deberá ofrecerlo gratuitamente a toda su base de clientes,informar previamente sobre su activación y permitir que los usuarios opten por no utilizarlo. El proceso de exclusión (opt-out) deberá ser sencillo y la empresa tendrá un plazo máximo de 24 horas para activarlo o desactivarlo.
Una vez implementado el mecanismo,los operadores tendrán siete días para informar a la Anatel sobre la descripción de la solución,su flujo de funcionamiento,los criterios utilizados,el tratamiento que recibirán los usuarios,el periodo durante el cual permanecerán bloqueados y el procedimiento para impugnar el bloqueo.
Los operadores que ya cuenten con un mecanismo de este tipo también tendrán siete días,a partir de la entrada en vigor de la resolución,para adaptarlo a las nuevas reglas y presentar esta información a la Agencia.
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